El 12 de abril de 2024, se me cobró una tarifa anual de ₺678.50 en mi tarjeta de crédito Garanti Bonus Money, con terminación 3036. Exijo la cancelación de esta tarifa anual de acuerdo con las disposiciones de la ley y sin condiciones adicionales. Según el Artículo 31, Párrafo 3 de la Ley de Consumidores No. 6502 del 28 de mayo de 2014, las instituciones emisoras de tarjetas están obligadas a ofrecer a los consumidores un tipo de tarjeta de crédito que no cobre una tarifa anual de membresía ni tarifas similares. Además, bajo el Artículo 6 de la Ley No. 4077 sobre la Protección de los Consumidores, enmendada por la Ley No. 4822, la tarifa de membresía cobrada por su banco se considera un término injusto en el contrato, ya que no corresponde a ningún servicio prestado. Según la decisión de la 13ª División Civil con los números de referencia 2011/4736 y 2011/11579, hay un fallo definitivo de que la tarifa anual de la tarjeta será reembolsada, incluidas las tarifas de tarjeta cobradas retroactivamente según el Artículo 125 del Código Civil Turco y la decisión de la Asamblea General de la Ley No. 2010/1-93-88. Solicito el reembolso de las tarifas anuales de la tarjeta que se me han cobrado. De lo contrario, recurriré a acciones legales y declaro que cancelaré todas mis cuentas y tarjetas de crédito con su banco.
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