El 31 de agosto de 2024, se me cobró una tarifa anual de ₺583.00 en mi tarjeta de crédito Garanti Bonus Trink, terminación 3030. Solicito la cancelación y el reembolso de esta tarifa, basándome en las disposiciones legales mencionadas a continuación y sin condiciones adicionales.
Ley del Consumidor, 28 de mayo de 2014, Artículo 31, Párrafo 3: Las instituciones emisoras de tarjetas están obligadas a ofrecer a los consumidores un tipo de tarjeta de crédito que no implique una tarifa de membresía anual ni cargos similares.
Según el Artículo 6 de la Ley de Protección del Consumidor No. 4077, enmendada por la Ley No. 4822, sobre términos injustos en los contratos: La tarifa de membresía cobrada por su banco constituye un término injusto ya que no se proporciona a cambio de ningún servicio, y porque la cláusula del contrato en cuestión fue pre-preparada y colocada en un contrato estándar, haciéndola no negociable.
Según la decisión más reciente de la 13ª Cámara Civil, caso número 2011/4736, decisión número 2011/11579: Existe un fallo definitivo que establece que la mencionada tarifa anual de la tarjeta debe ser reembolsada retroactivamente, bajo el Artículo 125 del Código de Obligaciones y la decisión HGK número 2010/1-93-88.
Solicito que se tomen las medidas necesarias para reembolsar las tarifas que se me han cobrado. De lo contrario, emprenderé acciones legales y cancelaré mi tarjeta de crédito con su banco.
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